El pasado jueves 12 de enero se publicó para audiencia e información pública el Proyecto de Orden por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas. El plazo para presentar observaciones es del 13 al 23 de enero de 2023.
La lista de jurisdicciones no cooperativas establecidas mediante esta Orden sustituirá, una vez entre en vigor, a la vigente lista de países y territorios que figura en el Real Decreto 1080/1991 y que tenían la consideración de paraísos fiscales hasta la entrada en vigor de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, la cual adecuó el término de “paraíso fiscal” al de “jurisdicción no cooperativa”.
Respecto a la fecha de entrada en vigor, el Proyecto de Orden establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, salvo para los países o territorios incluidos en el artículo único de la Orden que no estuvieran incluidos en el listado del Real Decreto 1080/1991, para los que entrará en vigor a los seis meses desde el día siguiente a su publicación en el BOE.
A continuación os dejamos el link al texto completo del Proyecto de Orden: https://lnkd.in/dpek-VpT